¡ATENCIÓN! mujeres que cotizan en fondos privados pueden pensionarse con 1.000 semanas

La Corte Constitucional ordenó reducir el número de semanas cotizadas que se exige a las mujeres en Colombia que están en fondos privados, afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), para alcanzar una pensión mínima. Esto, luego de declarar inconstitucional un apartado del artículo 65 de la Ley 100 de 1993, que establece: “y hubiesen cotizado por lo menos mil ciento cincuenta semanas (1.150)”, y que fue demandado.

De acuerdo con el alto tribunal, esta exigencia vulnera varios derechos de las mujeres en el país, entre ellos, el de la igualdad y no discriminación, el de la seguridad social y el mínimo vital. Según los demandantes, en primera medida, el artículo en cuestión no tiene un enfoque de género y poner a hombres y mujeres en un trato idéntico que no deberían tener para la pensión.

Así las cosas, la Corte Constitucional declaró inexequible el apartado del artículo demandado, y también ordenó diferir los efectos de su decisión hasta el 31 de diciembre de 2025

Esto, con el fin de que, en dicho lapso de tiempo, el Congreso de la República y el Gobierno Nacional adopten medidas que “compensen las condiciones desfavorables que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral”. Pues, las problemáticas actuales en ese ámbito las afectan al obstaculizar sus posibilidades de hacer aportes y acceder a la garantía de pensión mínima en el Rais.



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