Que se revoque la inscripción del Doctor Luis Fernando Gaviria Trujillo como aspirante a la Rectoría de la Universidad Tecnológica de Pereira, debido a que se encuentra inhabilitado para ser designado en el cargo de rector de la UTP, así lo demanda Germán Toro Zulauaga, Constituyente de 1991, Magister en Comunicación Educativa, abogado litigante y consultor.
Como es de conocimiento público el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira introdujo varias modificaciones al estatuto General de la universidad, en los artículos 17, 22 y 23, mediante acuerdo No. 31 expedido e1 25 de septiembre de 2023. El artículo segundo del acuerdo No.31 del Consejo Superior modificó el artículo 17 del Estatuto General de la Universidad que quedó de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 17. Son funciones del consejo superior universitario las siguientes: (....) S. Designar al rector de una terna para un período de 4 años, pudiendo ser reelegido por una vez consecutiva. Aceptar la renuncia, conceder licencias, permisos y comisiones al Rector; igualmente encargar de la rectoría en los casos de la falta absoluta del titular.
El artículo quinto del Acuerdo No. 31 de125 de septiembre de 2023, que modificó el Estatuto General
de la Universidad consagra: "El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición".
Para ninguno de los elementos que componen esta modificación del Estatuto General de la Universidad Tecnológica de Pereira, el Consejo Superior Universitario estableció una fecha posterior o diferida para su aplicación; esto es, la conformación de una terna, la ampliación del período de la rectoría 4 años y la prohibición de más de una reelección consecutiva.
Teniendo amplia libertad para ejercer su potestad reglamentaria, el máximo organismo de dirección de la Universidad Tecnológica de Pereira, no difirio para fecha posterior la aplicación de algún componente de la modificación. Para todo el contenido de la modificación estableció que rige a partir de la fecha de su expedición, esto es, el 25 de septiembre de 2023.
En estas condiciones, resulta evidente que a la luz de las normas modificadas en el Estatuto General
de la Universidad Tecnológica de Pereira y que no fueron diferidas en el tiempo para su entrada en
vigencia, no obstante tener el Consejo Superior todas las facultades de libertad reglamentaria para
hacerlo; aunados a los criterios jurisprudenciales obligatorios para interpretar la eventual irretroactividad de la norma que prohibe la reelección consecutiva mas allá de un período, el Dr.
Gaviria Trujillo, comportaba al momento de su inscripción, una inhabilidad sustancial para aspirar
como candidato para la rectoría de la universidad en el período 2024-2027.
La consecuencia de ello, no puede ser otra que la revocatoria de su inscripción, en aplicación del artículo 4° de la Resolución No.02 de16 de octubre de 2023.