Juan Merchan, el juez del caso Stormy Daniels, leerá el 11 de julio la sentencia que piensa imponer a Donald Trump por los 34 delitos de falsificación documental de los que fue hallado este jueves culpable por un jurado en Nueva York en relación con el pago en negro a una actriz porno en las inmediaciones de las elecciones que en 2016 lo llevaron a la Casa Blanca.
En otra concatenación de eventos sin precedentes en la historia estadounidense, cuatro días después, el 15 de julio, comenzará la Convención Nacional Republicana en Milwaukee en la que, con toda seguridad, Trump será designado oficialmente como el candidato del partido conservador.
Nunca antes un expresidente estadounidense se había enfrentado a un caso penal, mucho menos a cuatro, ni había sido declarado culpable, de momento, en el primero de ellos. Tampoco nunca un aspirante a las elecciones (previstas para el cinco de noviembre) había pasado por semejante trance. Así que entre las muchas preguntas que surgen tras un veredicto histórico destaca una: ¿obstaculizará esa sentencia de algún modo el camino que Trump espera que lo lleve de regreso a la Casa Blanca para un segundo mandato?
La respuesta corta es: no. Salvo si las noticias negativas sobre sus líos legales influyen en el ánimo de los votantes (y, según las últimas encuestas, eso parece poco probable), la Constitución estadounidense no solo no impediría a Trump aspirar al cargo; tampoco contempla la prohibición de ser presidente a un condenado por la justicia federal, ni siquiera si acaba en la cárcel, salvo si ha acabado en prisión por un delito muy concreto: el de insurrección. Y eso, pese a que podría debatirse en abstracto si su papel en el asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021 encaja en esa definición, también está descartado: en los cuatro casos abiertos contra él, el expresidente se enfrenta a 91 cargos, pero ninguno de ellos es por insurrección.
Trump también quedó blindado por una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que consideró sin base constitucional los intentos de algunos de Estados, con Colorado a la cabeza, de sacarlo de las papeletas en función de la sección tercera de la decimocuarta enmienda de la Constitución. Se trata de una adenda al texto fundamental aprobada en 1868, tres años después del fin de la Guerra de Secesión (1861-1865). Sirvió para otorgar plenos derechos a los esclavos del Sur y para colocar un dique de contención que evitara que los sublevados confederados pudieran volver a ejercer un cargo público y dinamitar el sistema desde dentro.